Señores Socios:
Si se encuentran en provincia y desean obtener cualquiera de los formatos presentados, sólo tendrán que descargarlos, imprimirlos, llenarlos adecuadamente y enviarlos por fax al Nº 651-2405 Anexo 206 para el inicio del proceso. Los cheques por préstamo y beneficios serán depositados en su cuenta del Banco de Nación en cuanto lleguen los expedientes originales a nuestras oficinas.
AMOF - Recomienda:
Regístrarse Aquí para ver sus aportaciones y Estado de Cuenta.
NOTA:
Requisito indispensable estar al día en sus aportaciones, en caso de ser asociado inhabil perderá el derecho de cobrar estos beneficios
Asociado Inhabil, es aquel que debe 3 cuotas consecutivas de aportaciones o 12 en forma no consecutivas..
Encuesta (Documento necesario para aprobar su préstamo).
Préstamo hasta S/. 5,000.00 con un Garante y hasta S/. 10,000.00 con dos garantes.
Imprima los formatos que se encuentran en la Página Web (líneas mas abajo).
Llenar correctamente con letra imprenta, máquina de escribir o computadora.
No olvide colocar su huella digital.
Adjuntar
Boleta de Pago (última)
Copia de CIP y DNI
Recibo de Agua, Luz o Teléfono
Si desea agilizar el trámite puede faxear los documentos al 651-2405 Anexo 206
Al momento de recoger su cheque deberá traer a nuestras oficinas los documentos originales.
Si se encuentra en provincia enviar los documentos por courrier con el pagaré debidamente legalizado por Notario Público, AMOF depositará su cheque en su cuenta en el Banco de la Nación.
Imprima los formatos que se encuentran en la Página Web (líneas mas abajo).
Llenar correctamente con letra imprenta, máquina de escribir o computadora.
Si desea agilizar el trámite puede faxear los documentos al 651-2405 Anexo 206.
Si se encuentra en provincia enviar los documentos por courrier con el pagaré debidamente legalizado por Notario Público, AMOF depositará su cheque en su cuenta en el Banco de la Nación.
Consignar el grado, apellidos y nombres con letra de imprenta.
Señalar los nombres, apellidos, parentesco y porcentaje dejado a los beneficiarios.
Los Oficiales de la POLICIA NACIONAL DEL PERU deberán presentar a la AMOF-PNP su correspondiente "CARTA DECLARATORIA" , con firma legalizada por Notario Público o el Juez de Paz o falta de aquel, siendo necesario mantenerla actualizada cada vez que cambie el régimen familiar o lo juzgue necesario.
Cuando no existiera Carta Declaratoria, el abono de la AMOF-PNP a los interesados se hará a la presentación del Testamento o Declaración de Herederos.
Cuando en la Carta Declaratoria, el Causante no hubiera señalado porcentaje, la entrega se hará por partes iguales a los beneficiarios.
Si en la Carta Declaratoria figuran beneficios menores de edad o incapaces, su parte se le entregará a quien ejerza la Patria Potestad, Tutela o Curatela, según el caso, en LIBRETAS DE AHORRO en moneda nacional y/o moneda extranjera de una entidad bancaria, emitida a nombre de aquellos. Igual procedimiento se seguirá cuando se trate de Sucesión Intestada.